Cualquier persona física o entidad inscrita residente en Madrid puede formular preguntas al Gobierno de la Comunidad de Madrid.
Las preguntas se presentarán en los términos fijados por la Mesa y deberán contener los requisitos de identificación previstos en la legislación reguladora del procedimiento administrativo común.
La pregunta se formulará, siguiendo el modelo oficial establecido al efecto por la Mesa de la Asamblea y, en todo caso, de acuerdo a lo previsto en el artículo 192.2 y 3 del Reglamento de la Asamblea. Además, podrá contener una breve explicación inicial de los motivos que llevan a su formulación.